Economía y Empresas
Un ingreso mensual de por vida

Decreto de ahorro para la vejez

Los BEPS son un mecanismo flexible de protección para la vejez dirigido a aquellas personas de escasos recursos y que no cuentan con los ingresos suficientes para obtener una pensión.

Todo colombiano podrá realizar sus ahorros a los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS) a través de operadores tradicionales y alternativos. Así lo estableció el Gobierno nacional en el Decreto 2087 del 17 de octubre 2014, que permitirá el acceso voluntario a todas las personas que busquen acceder a dicho servicio.

Los BEPS son un mecanismo flexible de protección para la vejez dirigido a aquellas personas de escasos recursos y que no cuentan con los ingresos suficientes para obtener una pensión.

El propósito es que las personas ahorren los recursos que puedan y cuando puedan, mientras el Gobierno nacional reconoce ese esfuerzo entregando un subsidio del 20 %. La totalidad de estos recursos serán la base para liquidarle al beneficiario un ingreso mensual de por vida.

Pueden acceder a él las personas con ingresos inferiores a un salario mínimo o aquellas que alguna vez comenzaron a cotizar, pero que por diferentes circunstancias no cumplen los requisitos para recibir la pensión.

La disposición define los mecanismos que pueden utilizar los ahorradores de BEPS para realizar los pagos, como es el caso de las entidades que suscriban convenios con Colpensiones.

Las entidades del sector financiero, podrán también recibir los ahorros de los Beneficios Económicos Periódicos, los corresponsales no bancarios. A partir de este mandato, las personas que se afilien a cualquiera de los Regímenes del Sistema General de Pensiones tendrán la opción de solicitar su vinculación.

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