Consejo de Estado frena decreto de Gustavo Petro que elevaba 23% el salario mínimo para 2026
El Consejo de Estado suspendió de manera provisional el decreto del Gobierno de Gustavo Petro que establecía un incremento del 23% en el salario mínimo para 2026. La decisión obliga al Ejecutivo a emitir un nuevo acto administrativo sustentado en los parámetros técnicos y jurídicos previstos en la ley.
El tribunal explicó que el Gobierno reemplazó los criterios definidos en la Ley 278 de 1996 —como la inflación, la productividad y el Producto Interno Bruto (PIB)— por conceptos como “salario vital” y “brecha de suficiencia material”, que no están contemplados en la normativa vigente. Según la providencia, estos elementos no pueden sustituir los indicadores legales “por métricas externas ni por estudios internacionales”.
Estoy cumpliendo con exactitud el fallo de la justicia, pero los fallos de la justicia no pueden ir contra los derechos fundamentales de la gente porque incentivan la movilización social.
— Gustavo Petro (@petrogustavo) February 17, 2026
La respuesta al magistrado Morales del Consejo de Estado, llena todos los requerimientos… pic.twitter.com/buWQCyp6mT
Además, la corporación advirtió que el aumento decretado “cuadruplica la inflación y multiplica la productividad”, lo que, a su juicio, convierte la argumentación en una motivación retórica sin el respaldo técnico exigido.
Para evitar un vacío normativo que afecte a trabajadores y empleadores, el alto tribunal ordenó expedir un nuevo decreto transitorio en un plazo máximo de ocho días. Mientras tanto, los empleadores deberán mantener el pago del salario mínimo vigente conforme a la normativa anterior.
Respaldo gremial y llamado al cumplimiento
El Consejo Gremial Nacional (CGN), presidido por Natalia Gutiérrez —también cabeza de Acolgen—, manifestó su respaldo a la decisión judicial e instó al Ejecutivo a acatarla.
“En un Estado Social de Derecho, el control jurisdiccional de los actos administrativos constituye una garantía esencial de legalidad, equilibrio institucional y seguridad jurídica, por lo que las providencias judiciales deben cumplirse en sus estrictos términos y dentro de los plazos fijados”, señaló el gremio.
La organización destacó la relevancia social y económica del salario mínimo y subrayó que cualquier nuevo acto administrativo debe ceñirse “con estricta sujeción a la Constitución y a los criterios establecidos en la Ley 278 de 1996”, garantizando una motivación técnica y jurídica adecuada. También advirtió sobre el riesgo de emplear criterios ajenos al marco legal.
Debate sobre formalidad e informalidad
El exdirector del Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane), Juan Daniel Oviedo, valoró la decisión del Consejo de Estado y rechazó que el debate se politice.
“Nada de a las calles ni de proponer acuerdos nacionales para que el salario mínimo siga en $2.000.000. Pero lo que nos sirve es pensar que simplemente con subir el salario mínimo mucho, las cosas se van a solucionar cuando, en realidad, hoy, seis de cada diez personas que trabajan en la informalidad ganan menos de ese salario mínimo”, afirmó.
Oviedo sostuvo que el problema central no es la intención de aumentar el salario, sino la dificultad de implementar políticas efectivas que permitan que más trabajadores accedan a ese ingreso. Señaló que el 56% de los trabajadores no recibe salario mínimo porque se encuentra en la informalidad, donde esa referencia legal no opera.
Para el exfuncionario, el reto es estructural: avanzar hacia mayores niveles de formalización laboral y evitar que la discusión salarial se convierta en una herramienta de confrontación política. El llamado, insistió, es a coordinar esfuerzos entre el Estado y el sector privado para ampliar el acceso efectivo al salario mínimo y fortalecer la seguridad jurídica.







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