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La Justicia frenó una reforma del sistema de salud que buscaba limitar la cantidad de EPS por municipio

El Tribunal Administrativo de Antioquia suspendió de manera provisoria la aplicación del Decreto 182 de 2026 del Ministerio de Salud. (Dibujo: NOVA)

El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó suspender de forma preventiva la aplicación del Decreto 182 de 2026 impulsado por el Ministerio de Salud, una norma que proponía reorganizar el funcionamiento del sistema de aseguramiento sanitario en Colombia bajo criterios territoriales y poblacionales.

La medida cautelar fue adoptada en el marco de una acción popular que cuestiona el nuevo esquema de operación de las entidades promotoras de salud. En su resolución, el tribunal dispuso que las autoridades deben abstenerse de aplicar las disposiciones contenidas en el decreto hasta que exista una sentencia definitiva sobre el fondo del caso.

La normativa preveía limitar la cantidad de EPS habilitadas para operar en cada municipio según el número de habitantes. Además, contemplaba traslados obligatorios de cerca de 6.000.000 de afiliados entre distintas entidades, de los cuales aproximadamente 2.600.000 pasarían a la Nueva EPS.

Según la evaluación judicial, existen indicios de que el decreto podría comprometer derechos colectivos vinculados al acceso a los servicios de salud, la libertad de elección de los usuarios y las condiciones de competencia dentro del sistema de aseguramiento.

El tribunal advirtió que el modelo reorganiza el sistema con base en criterios poblacionales y territoriales que podrían reducir significativamente la presencia de múltiples EPS en varios distritos del país. En algunos casos, incluso, podría concentrar la prestación del servicio en un solo operador.

Uno de los puntos que generó mayor preocupación fue la posibilidad de que la Nueva EPS se convierta en la principal aseguradora en amplias zonas del territorio nacional. De acuerdo con las pruebas presentadas en la demanda, la aplicación del decreto implicaría que en 502 municipios esta entidad quedaría como la única autorizada para operar simultáneamente en los regímenes contributivo y subsidiado.

El tribunal señaló que, antes de la entrada en vigencia de la norma, en muchos de esos municipios existían dos, tres e incluso hasta cinco EPS, lo que permitía a los afiliados elegir entre distintas opciones. La concentración del servicio en una sola entidad podría eliminar en la práctica ese derecho de elección reconocido por la legislación colombiana.

La providencia también advierte que la reorganización podría alterar la estructura competitiva del sistema. Varias aseguradoras podrían perder autorización para operar en numerosos municipios, reduciendo de manera drástica su número de afiliados y generando tensiones financieras que pondrían en riesgo su sostenibilidad.

Otro de los puntos observados por el tribunal fue la capacidad operativa de la Nueva EPS para absorber una cantidad masiva de afiliados. La decisión recuerda que la entidad permanece bajo intervención de la Superintendencia de Salud desde abril de 2024 debido a problemas financieros y fallas en la prestación del servicio.

Además, la corporación judicial cuestionó la solidez técnica del estudio que sirvió como base para elaborar el decreto. Según el fallo, el documento no explica con claridad los criterios utilizados para establecer los umbrales territoriales de participación de las EPS ni justifica adecuadamente los porcentajes de afiliación considerados necesarios para su funcionamiento.

En ese contexto, el tribunal concluyó que la reorganización podría producir efectos estructurales en el sistema sanitario al concentrar la operación en un número reducido de entidades y, en algunos territorios, en una sola. Esto, según la resolución, podría afectar derechos colectivos como el acceso oportuno a los servicios de salud, la salubridad pública y la libre competencia.

Por ese motivo, el Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó al Ministerio de Salud y a la Superintendencia abstenerse de aplicar el decreto mientras se resuelve de manera definitiva la acción judicial. La medida busca evitar posibles daños irreparables para los usuarios del sistema y preservar el proceso hasta que exista una sentencia final.

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