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Un aumento del 5,75%

Esto deberá tener en cuenta a la hora de arrendar en Colombia este 2017

Pero hay que tener en cuenta cuatro aspectos a la hora de calcular los aumentos en el arrrendamiento. (Imagen Ilustrativa)

La presidenta de la Federación de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas), María Clara Luque, precisó que este ajuste y las condiciones para hacerlo son importantes para el país donde viven en viviendas alquiladas cerca de 17 millones de colombianos.

Pero hay que tener en cuenta cuatro aspectos a la hora de calcular los aumentos en el arrrendamiento:

Si usted tiene un contrato firmado antes de julio de 2003, no le podrán aplicar el incremento de 5,75% sino la meta que fija el Banco de la República. Es decir, que su alza deberá ser de 3%.

El ajuste en el precio de los arriendos se debe aplicar solo al momento de renovar el contrato y no antes.

La notificación del aumento del valor del canon debe realizarse a través de un servicio postal o con base en un acuerdo establecido entre las partes.

Es derecho del arrendatario (inquilino) cancelar el contrato unilateralmente si el aumento que fija el dueño del predio es superior al de la inflación.

Lo anterior no le causará una sanción económica, pues así lo establece la Ley 820 de 2003.

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