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Los parapolíticos cada vez más lejos de acogerse a la JEP

La discusión sobre si la parapolítica hace parte del conflicto armado está más viva que nunca.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas confirmó su negativa a que el senador Álvaro Ashton se acoja a esta jurisdicción.

La discusión sobre si la parapolítica hace parte del conflicto armado está más viva que nunca. En una nueva decisión, la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) cierra nuevamente la puerta para que el político liberal Álvaro Ashton, investigado por parapolítica, se acoja a sus beneficios. Este tribunal básicamente señala que el delito de concierto para delinquir no tiene conexión con el conflicto armado, requisito principal para ser procesado por el tribunal especial de paz. Su determinación sienta un precedente para otros ex funcionarios que estén siendo investigados por supuestos nexos con los paramilitares.

En un documento de 32 páginas conocido por, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP se pronunció sobre el recurso de reposición presentado por la defensa del senador Álvaro Ashton el pasado 15 de mayo, en donde se alegaba que esta jurisdicción había emitido una decisión “contradictoria, inconsistente y contraria a derecho”, al no permitirle al congresista acogerse a ella. La defensa de Ashton planteó que la JEP es competente para conocer de estos hechos, y que de no hacerlo se estaría violando una competencia para la que fue creada.

La JEP, por su parte, aseguró que, según las normas aprobadas, es competente para “efectuar la calificación de la relación de la conducta con el conflicto armado”. En este punto, el alto tribunal es claro en que no está supeditado a las calificaciones hechas por la justicia ordinaria sobre ese concepto, ya que esta sala puede “realizar calificaciones propias sobre la relación de una conducta punible con el conflicto”. También recordó que no sólo es necesario definir el término “conflicto” sino el grado de participación del agente del Estado que desea acogerse a la JEP.

Precisamente, el punto central de esta discusión se centra en la valoración que hace esta jurisdicción de los delitos cometidos en el marco de la llamada parapolítica. Es decir, con los vínculos que varios políticos tuvieron con grupos paramilitares en Colombia y que se hicieron públicos hacia 2006, cuando la Corte Suprema empezó a indagar al respecto. Ashton, por ejemplo, es investigado por ese alto tribunal por supuestamente “haberse concretado, entre los años 2004 y 2005, con el frente José Pablo Díaz, de las autodefensas, para promover esa estructura desde su posición de senador de la República”.

Al respecto, la Jurisdicción Especial para la Paz aclaró que existen tres grupos de delitos que se enmarcan en su competencia material: “Uno que concierne a los crímenes internacionales, otro grupo constituido por los delitos políticos y conexos, así como por los delitos relacionados con el ejercicio del derecho a la protesta social (…) y otro más, en el que se hallan los delitos que no encuadran dentro de estos grupos de conductas de competencia de la JEP, como es el caso del concierto para delinquir, los cuales deben superar un estudio riguroso para poder ser considerados competencia de esta jurisdicción”.

El senador Álvaro Ashton, quien está siendo investigado por concierto para delinquir, fue enviado a la cárcel La Picota de Bogotá el pasado 11 de diciembre, por orden de la Corte Suprema de Justicia. En este contexto, la JEP afirma que tras un profundo análisis concluyó que ese delito “no tiene una conexión suficiente con el desarrollo del conflicto, ni tampoco su colaboración con los grupos paramilitares se consideró determinante o activa para la comisión de conductas delictivas relacionadas con graves violaciones de derechos humanos o infracciones al derecho internacional humanitario”.

Para penalistas consultados por este diario, se debe tener en cuenta que cada petición de acogerse a la JEP es individual, por lo que se esperaría que cada caso de parapolítica que llegue a este tribunal cuente con una valoración particular. Sin embargo señalan que la JEP se estaría “autorreglamentando” de alguna forma, ya que el Congreso no ha expedido las normas para su funcionamiento. “Hay algunas insuficiencias y lagunas frente a lo que ahí pueda estar sucediendo a nivel normativo. Es muy peligroso lo que está sucediendo con la JEP, porque a partir de esa ambigüedad también pueden surgir unas preocupaciones válidas”.

Fallos como el emitido por el Tribunal Superior de Medellín en el caso de alias el Alemán aseguran que la parapolítica sí tuvo que ver con el conflicto armado. “De allí que en el desarrollo judicial que se ha desplegado el proceso de Justicia y Paz, se ha catalogado la colaboración y financiación a los grupos paramilitares como un crimen de lesa humanidad. Lo anterior, con la finalidad de fijar la memoria histórica y suministrar a las víctimas de los diferentes hechos criminales perpetrados por este brazo paramilitar la garantía de que conozcan la verdad de lo sucedido”, precisa la sentencia, que se conoció hace menos de dos semanas.

Con la JEP apenas arrancando, es claro desde ya que podrá haber muchas contradicciones entre esta jurisdicción transicional y la justicia ordinaria. Si la parapolítica tuvo o no relación con la guerra es una de ellas. A David Char, investigado por sus supuestos nexos con paramilitares también, la JEP ya le dijo que no se podía acoger. A Julio Manzur le aceptó la solicitud en febrero de este año, pero esa respuesta no estuvo a cargo de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas sino de la Secretaría Ejecutiva, y su avance en la JEP está por verse. A Juan José Chaux aún le deben una respuesta. Este es un debate que está lejos de cerrarse.

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